Septiembre 2025
Tema 37. Los centros privados…
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La grabación corresponde a la edición anterior. No se ha realizado una nueva por tratarse de cambios no significativos. A tener en cuenta antes de comenzar con el visionado de la grabación:
Sin cambios normativos sustanciales, salvo la adaptación a las novedades del RD 658/2024 en materia de requisitos mínimos, compartidas con el Tema 36. Se mantienen las regulaciones sobre tipología, autorización, competencias y carácter propio.
Cuestionario
- ¿Qué requisitos debe cumplir un centro privado para obtener la autorización administrativa para impartir enseñanzas de régimen general?
- ¿Qué clasificación normativa reciben los centros docentes en función de su titularidad y financiación?
- ¿Qué condiciones debe reunir un centro privado para acceder al régimen de conciertos educativos?
- ¿Qué establece la normativa sobre el carácter propio de los centros privados y cómo debe respetarse por parte de la comunidad educativa?
- ¿Qué requisitos materiales y de personal docente deben cumplir los centros privados para ser autorizados a impartir enseñanzas de Educación Infantil, Primaria o Secundaria Obligatoria?
6 ¿Qué tipos de actividades pueden desarrollar los centros privados concertados además de las lectivas y qué límites establece la normativa estatal? - ¿Qué requisitos deben reunir los titulares de centros privados para solicitar la autorización de apertura y funcionamiento?
- ¿Qué vías prevé la normativa para que los centros privados soliciten la modificación o ampliación de la autorización concedida?
- ¿Qué límites impone la normativa a la obtención de beneficios económicos en los centros privados concertados?
- ¿Cuál es la duración de los conciertos educativos y en qué supuestos puede ser prorrogada o renovada?
- ¿En qué casos puede extinguirse o revocarse un concierto educativo según la normativa vigente?
- ¿Qué órganos colegiados deben existir en los centros concertados y qué composición mínima establece la normativa?
BLOQUE DE PREGUNTAS RELACIONADAS CON EL RÉGIMEN DE CONTROL E INCUMPLIMIENTOS DE CONCIERTOS EDUCATIVOS DE ACUERDO CON LA LODE. - ¿Qué procedimiento de conciliación establece la LODE ante un incumplimiento del concierto por parte de un centro concertado?
- ¿Quiénes componen la Comisión de Conciliación prevista en la LODE para centros concertados?
- ¿Qué valor jurídico tiene el incumplimiento de un acuerdo adoptado por la Comisión de Conciliación?
- ¿Qué sucede si la Comisión de Conciliación no alcanza un acuerdo entre las partes?
- ¿Qué condiciones establece la LODE respecto a la autorización de cese de actividades en centros concertados o que lo hayan sido recientemente?
- ¿Qué límites establece la LODE a la actuación de la Administración educativa respecto a las competencias del titular o del Consejo Escolar del centro concertado?
- ¿Qué se considera incumplimiento leve del régimen de concierto según la LODE?
- ¿Qué se considera incumplimiento grave del régimen de concierto según la LODE?
- ¿Qué se considera incumplimiento muy grave del régimen de concierto según la LODE?
- ¿Qué criterios establece la LODE para determinar la reiteración o reincidencia en los incumplimientos del concierto educativo?
- ¿Qué sanción impone la LODE ante un incumplimiento leve del concierto y cuál es su procedimiento de ejecución?
- ¿Qué sanción impone la LODE ante un incumplimiento grave del concierto y cuál es su procedimiento de ejecución?
- ¿Qué sanción impone la LODE ante un incumplimiento muy grave del concierto educativo?
- ¿Qué plazos de prescripción establece la LODE para las infracciones del régimen de conciertos?
- ¿Qué medidas debe adoptar la Administración educativa cuando se produce la rescisión del concierto educativo?
- ¿Qué efecto tiene la rescisión del concierto cuando el incumplimiento ha consistido en la percepción indebida de cantidades económicas?